jueves, 16 de septiembre de 2010

Sentencia firme en Sevilla.

Por providencia fechada el pasado 7 de septiembre de 2010, el Juzgado de primera Instancia número 17 de Sevilla, declaró la firmeza dictada en fecha 15 de junio de 2010, que declaraba idónea a la pareja solicitante para continuar con su proceso de adopción de un menor.
En un primer momento, por parte del letrado de la Junta de Andalucía se anunció la interposición de un recurso de apelación. La tramitación completa del recurso hubiera retrasado varios meses la finalización del procedimiento, causando sin duda un grave perjuicio a la pareja solicitante. El transcurso del tiempo es un grave handicap, debido a la edad de los solicitantes y podía suponer que se frustrara definitivamente su proyecto adoptivo.
Además, era importante conocer cuál iba a ser el criterio adoptado por la Junta de Andalucía en estos casos, es decir, si iba a recurrir por sistema o no las sentencias que le fueran desfavorables.
Pues bien, en el presente caso, ha sido el propio gabinete jurídico quien ha considerado que la sentencia era ajustada a Derecho, por lo que el anuncio del recurso sólo fue una medida preventiva hasta recibir instrucciones por parte de los cargos políticos. Desde el Gabinete Jurídico de la Junta se elevó consulta a la Consejera para la Igualdad y Bienestar Social, solicitando instrucciones sobre la continuación o no del recurso, no mereciendo respuesta alguna por la autoridad política. Por ello, el letrado de la Junta, al considerar la Sentencia ajustada a Derecho, presentó escrito por el que desistía expresamente del recurso anunciado. El Juzgado decretó entonces la firmeza de la Sentencia, condenando en costas a la Junta. Es una buena noticia para Mª Carmen y José María, quienes pronto verán realizado su sueño de fundar una familia.